• Proceso de Subasta o Remate

  • Requisitos

    Art. 36.- Requisitos.- Una vez reservada el área, el solicitante deberá entregar a la Subsecretaría Nacional correspondiente, en el término de cinco días, la solicitud generada en la plataforma acompañada de los siguientes documentos habilitantes:

    a) Declaración juramentada donde conste que el peticionario no está incurso en las inhabilidades establecidas en la Ley de Minería y su Reglamento;

    b) Demostrar solvencia económica;

    c) Postura económica, misma que deberá ser presentada en sobre cerrado;

    d) En el caso que el área solicitada contenga una superficie que haya sido revertida o devuelta al Estado, el interesado deberá determinar la fase en la que iniciará la actividad minera; y,

    e) Comprobante de pago por concepto de derechos de trámite para concesión, que será de cinco remuneraciones básicas unificadas y deberá ser depositado en la cuenta del Ministerio de Minería, según lo establecido en el artículo 33 de la Ley de Minería. En el caso de personas jurídicas extranjeras, adicional a lo solicitado en los literales anteriores, deberá presentar la domiciliación de la persona jurídica extranjera solicitante y poder general o especial de representación.

    Art. 40.- Participación en el proceso de subasta o remate.- Cualquier persona interesada en participar en el proceso de otorgamiento de concesión de áreas a través de subasta o remate públicos, podrá hacerlo siempre y cuando manifieste su interés en los quince días término posteriores a la finalización de la Convocatoria ante la Subsecretaría Nacional competente, a través del formulario disponible para el efecto en la página web del Ministerio Sectorial debidamente lleno y acompañado de los siguientes documentos habilitantes:

    a) Declaración juramentada donde conste que el peticionario no está incurso en las inhabilidades establecidas en la Ley de Minería y su Reglamento;

    b) Demostrar solvencia económica;

    c) Postura económica, misma que deberá ser presentada en sobre cerrado;

    d) La postura con los términos de referencia técnicos establecidos en la convocatoria; y,

    e) Comprobante de pago por concepto de derechos de trámite para concesión, que será de tres remuneraciones básicas unificadas y deberá ser depositado en la cuenta del Ministerio de Minería. El interesado que solicitó el área en el inicio del proceso solo deberá presentar en esta etapa la Postura Técnica, puesto que el resto de requisitos ya le fueron exigidos con anterioridad. (hasta aquí la transcripción de los artículos)

  • # Cuenta de Ministerio de Minería

    En cumplimiento con los requisitos establecidos en los artículos 36 y 40 del Instructivo para el otorgamiento de concesiones mineras para minerales metálicos relacionados con el “comprobante de pago por concepto de derechos de trámite” el usuario deberá depositar 5 (cinco) Remuneraciones Básicas Unificadas si reservó el área; o 3 (tres) Remuneraciones Básicas Unificadas si el particular estuviera interesado en participar en un proceso de subasta o remate convocado. Una vez realizado el depósito la papeleta de depósito no es el comprobante de pago, para obtener el comprobante de pago, los usuarios tienen que acercarse al departamento financiero del Ministerio de Minería con la papeleta del depósito original y registrar su pago, y posteriormente se les remitirá a su correo electrónico la factura. La factura es el “comprobante de pago por concepto de derechos de trámite” que dará por cumplido este requisito

    Banco del Pacífico No. 7654375 sub-línea: 190499

  • Monto Mínimo de Inversión

    Requisitos

    • El monto mínimo de inversión para los procesos de subasta y remate es de USD. 5,00 por cada hectárea solicitada durante los dos primeros años y de USD. 10,00 por cada hectárea solicitada durante el tercer y cuarto año; período de tiempo correspondiente a la exploración inicial de la concesión; fase sobre la cual se debe proyectar la postura económica que se presente dentro del proceso
    • Formulario de Montos
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